Bando sobre el impuesto de circulación de bicicletas y motocicletas

(Publicado en Nuevo Día, Diario de la Provincia de Cáceres, Nº 202, de 26 de Abril de 1927).


El Alcalde, don Arturo Aranguren, ha publicado el siguiente bando:

Debiendo procederse a la formación del padrón para el cobro del impuesto sobre circulación de bicicletas, velocípedos y motocicletas correspondiente al año actual, se concede un plazo que finalizará el 10 del mes próximo para que tanto los dueños como los alquiladores de estos vehículos, procedan a la inscripción de los que hubieran que circular.

Quedan exentos de esta obligación aquellos que figuren ya registrados en la Administración de Bienes municipales.

Al transcurrir el término fijado será exigible la penalidad señalada por el artículo 11 de esta Ordenanza, que autoriza este tributo, a cuantos carezcan de la oportuna licencia de circulación.

Oportunamente se proveerá a cada vehículo de la chapa justificativa del cumplimiento de esta obligación, bastando hasta tanto con el duplicado de alta que se entrega a los interesados y que será exhibido a los dependientes de mi autoridad en todo momento que se lo exigiera.