Bando sobre el impago de impuestos por los vecinos de Cáceres

(Publicado en "Nuevo día", Nº 1777, de 08 de Junio de 1932).


Por la Alcaldía de la capital se publica con esta fecha el siguiente bando:

Hago saber: Que siendo de absoluta e imperiosa necesidad atender a las obligaciones de carácter legal de este Municipio y realizar las obras de mejoramiento y sanitarias a que por las necesidades modernas tiene derecho, es indispensable como consecuencia de ello el numerario preciso para cumplir tales fines. En la recaudación de impuestos, arbitrios, multas y contribuciones especiales, se encuentran las oficinas de este Ayuntamiento con obstáculos y resistencia pasivas por parte de los contribuyentes, con excepciones muy honrosas, que por motivos que ne modo alguno puedan tenerse en cuenta, no abonan o lo hacen con retraso, los recibos que para su cobro se presentan.

Expresados obstáculos, esta Alcaldía está dispuesta a hacerlos desaparecer, llevando a cabo la recaudación de modo decisivo, sin perjuicio de los recursos a que tienen derecho los contribuyentes, pasando al procedimiento ejecutivo cuando los talones o recibos no sean satisfechos a su presentación por los recaudadores, siguiendo en el expediente todos sus trámites, hasta el apremio de los deudores, con los recargos consiguientes contra los que en el término de quince días, que de nuevo se concede solo para los del ejercicio corriente, no lo hicieran efectivo.

Esta Alcaldía espera que el vecindario, dándose perfecta cuenta del trastorno que a la parte económica del Municipio produce expresada resistencia, ha de satisfacer a la presentación del documento sus débitos con el Ayuntamiento, pues en otro caso, se impondrán las sanciones legales máximas, llegando hasta la ejecución, si dieran lugar a ello.

Cáceres, a 8 de Junio de 1932.

Jacinto Herrero