Bando sobre circulación de carruajes en días de feria y toros en 1910

(Publicado en "El noticiero", Nº 2087, de 28 de mayo de 1910).


He aquí las disposiciones que contiene el bando dictado por la Alcaldía para regular el itinerario y marcha de los coches y automóviles durante los días de feria.

1.ª Los automóviles seguirán el siguiente itinerario para ir al Real de la Feria: calles de Alfonso XIII, San Juan, San Pedro, Clavellina, Casas de Carrasco y carretera de San Francisco hasta el Real mencionado. El regreso lo harán en la propia forma. Los coches seguirán el itinerario de años anteriores.

2.ª Queda terminantemente prohibida en los días 30 y 31, la circulación de automóviles por el trayecto que se les señala a los demás carruajes en las prevenciones 3.ª y 4.ª de este bando.

3.ª Desde las dos a las cinco y media de la tarde el trayecto de ida de los carruajes a la Plaza de Toros, partiendo de la Plazuela de San Juan, será: calles de Alfonso XIII, Cortes, Concepción, Barrionuevo, ronda del Paseo de las Delicias a la entrada de preferencia. Los que partan de la Plaza Mayor o calles que con esta comunican, ingresarán en la carrera dicha por la calle del General Ezponda; y los que tengan que volver por más gente regresarán por la carretera del Casar y, cruzando la de Trujillo, por Margallo, Sancti-Spiritus, Plazuela del Duque, Plaza y Alfonso XIII.

4.ª El regreso de los toros se efectuará por la ronda del Paseo de las Delicias, Barrionuevo, Concepción y General Ezponda, verificando los segundos viajes a la Plaza por Plazuela del Duque, Sancti-Spiritus, Margallo y carretera del Casar.

5.ª Los carruajes no pararán delante de la Plaza de Toros más tiempo que el preciso para dejar y recoger a los que hayan de ocuparlos.

6.ª A la hora de la salida de los toros, los carruajes se colocarán por orden de llegada en la carretera del Casar y explanada de las Delicias, aproximándose uno a uno a las puertas de la Plaza cuando lleguen las personas que han de ocuparlos.

7.ª La velocidad de marcha será la del trote corto.

8.ª Las entradas por el Paseo de las Delicias estarán expeditas para el tránsito público.