Bando sobre la Rabia y la prohibición de circulación de perros

(Publicado en el BOP de Cáceres, Nº 267, de 27 de noviembre de 1952).

BANDO

El Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de esta capital.

Hace saber: Que a los efectos de cumplir las disposiciones de la Superioridad, en circular publicada por el Servicio Provincial de Ganadería, en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, número 258, correspondiente al día 15 de los corrientes, a los fines de eliminar el peligro que la rabia representa para la especie humana y para los animales domésticos, se recuerda a todos los propietarios de perros, en esta ciudad y su término municipal, el bando publicado por esta Alcaldía con fecha 27 de Junio del año en curso.

Al mismo tiempo, se les advierte a referidos propietarios de perros, que queda prohibida la circulación de los mismos, entre diferentes términos o a la salida de la provincia o su entrada, sin exhibir el certificado de vacunación, no permitiendo las Compañías de Ferrocarriles y las Empresas de Transportes el embarque de perros sin la exhibición por los dueños de dicho certificado, siendo sancionados con multa de 50 a 500 pesetas, los infractores en referida circular, así como de las disposiciones relacionadas con la rabia del vigente Reglamento de Epizootias.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados y el más exacto cumplimiento de los dispuesto.

Cáceres, 17 de Noviembre de 1952.

El Alcalde,
Francisco Elviro Meseguer