Bando de los subsidios para familias numerosas

(Publicado en 'Nuevo día', Nº 1475, de 17 de Junio de 1931).


Por la Alcaldía de la capital se publica hoy el siguiente bando:

Hago saber: Que según se dispone en órdenes del ministerio de Trabajo y Previsión, publicadas en la «Gaceta de Madrid» de 11 de los corrientes, reproducidas en el número 140 del «Boletín Oficial de la Provincia» del día 13 del actual, se publican por medio del presente bando las siguientes instrucciones referentes al subsidio que se concede a las familias numerosas:

1.ª Las instancias pidiendo dicho subsidio o la continuación del que se esté disfrutando, se formularán y presentarán con todos los documentos complementarios antes del día 1º de noviembre del corriente año y en la misma fecha terminará el plazo de admisión de las que se formulen en años sucesivos, no dándose curso a las que se presenten después del 31 de Octubre de cada año.

2.ª   Serán desestimadas por la Sección correspondiente del Ministerio, la solicitud que tenga entrada fuera del plazo señalado en la instrucción 1.ª .

3.ª También serán desestimadas las instancias que se presenten faltas de algunos de los documentos justificativos que preceptúan las disposiciones vigentes, si los interesados no subsanan este defecto aportando la documentación necesaria, dentro del más breve espacio de tiempo y en todo caso antes del 30 de Noviembre.

4.ª Las peticiones del subsidio consignarán siempre con toda claridad en sus instancias el número del expediente, lugar, pueblo, municipio y provincia donde residan.

Lo que en cumplimiento del ordenador por el excelentísimo señor gobernador civil de la provincia, se anuncia al público para conocimiento de las personas a quienes pueda interesar.