Bando Carnaval 1925

(Publicado en "La Montaña", Nº 2508, de 19 de febrero de 1925).



El presidente del Ayuntamiento de esta capital señor Muñoz Torres, ha publicado el siguiente Bando:

Hago saber: Que en cumplimiento de la Real orden circular del Ministerio de la Gobernación, fecha 14 de Enero de 1921, y en armonía con lo establecido por las Ordenanzas Municipales, al objeto de evitar los abusos y extralimitaciones que pudieran cometerse en las próximas «Fiestas de Carnaval», he dispuesto se publiquen para conocimiento de los vecinos de esta Ciudad, los preceptos siguientes:

Primero. No se permitirá la circulación de máscaras con caretas por las calles, paseos y vías públicas de esta población.

Segundo. Se prohíbe hacer parodias que ofendan a la religión y a las buenas costumbres, disfrazarse con vestiduras de ministros, sacerdotes, órdenes religiosas, uniformes civiles y militares, ni ostentar insignias que merezcan consideración y respeto.

Tercero. En los bailes públicos, no se admitirán máscaras con caretas, si éstas no van debidamente autorizadas para ello por la Autoridad Gubernativa; cuidando toda persona que a estos bailes concurra, de guardar el mayor orden y compostura.

Cuarto. Nadie podrá entrar en ningún baile con espuelas, bastón ni arma de clase alguna, aunque lo requiera su disfraz.

Quinto. Se prohíbe a los que vistan disfraces, solos o en comparsas, producir ofensas a nada ni a nadie, con sus discursos o sátiras.

Sexto. Se prohíbe quemar carretillas, petardos, mixtos fulminantes, garbanzos de pega y arrojar a las personas agua, basura, dar con guantes impregnados de yeso, tiza, carbón, cal, harina, o cualquier otra sustancia que pueda perjudicar.

Séptimo. Todas las personas que concurran a los paseos públicos, tanto con disfraz como sin él, guardarán el mayor orden y compostura.

Los contraventores a las anteriores disposiciones, serán castigados con la multa que corresponda, según los casos.